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Impuesto de Actos Jurídicos Documentados: ¿cómo afectará a la banca?

El Tribunal Supremo acaba de modificar su jurisprudencia sobre el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Analizamos las consecuencias.

25 de octubre de 2018

El Tribunal Supremo acaba de modificar su jurisprudencia sobre el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. ¿Cuál será su impacto sobre el sector bancario?

El pasado jueves conocíamos a través de los medios de comunicación la sentencia del Tribunal Supremo por la que, modificando su jurisprudencia anterior y en particular la sentencia emitida el 28 de febrero de este año, determinaba que son las entidades bancarias y no los clientes las que deben abonar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) en las escrituras de préstamos con garantía hipotecaria.

El impacto de la sentencia, sin duda mayúsculo, que acompañaba a otras ya conocidas en el pasado donde la banca era nuevamente protagonista – cláusulas suelos, preferentes, etc. – se hacía notar en los mercados financieros. Las acciones de los principales bancos se colocaron rápidamente en rojo durante varias sesiones consecutivas. Posteriormente hemos conocido, tras varios dimes y diretes en Tribunal Supremo, que será el próximo día 5 de noviembre – la gravedad y la velocidad no son atributos que empujen en la misma dirección– cuando el Gran Tribunal decida finalmente quien ha de abonar esos impuestos.

Sin duda una de las claves de esta postergada decisión será la retroactividad de la medida. Ha sido este hecho el que ha impactado notablemente en el precio de las acciones de las entidades financieras.

¿Se puede calcular el impacto monetario de la decisión del Supremo?

Hemos estimado, a partir de información pública, el impacto que la retroactividad de la medida podría tener en los balances de la banca y en sus cuentas de resultados.

Para ello, hemos tomado como punto de partida varios factores. Por un lado, el incremento de hipotecas concedidas de los mayores bancos españoles entre 2014 y 2018 –los cuatro ejercicios que coincidirían con una hipotética retroactividad–. Por otro lado, la distribución de hipotecas por Comunidades Autónomas –el impuesto de actos jurídicos es transferido a las Comunidades yendo desde un mínimo del 0,5% en País Vasco, Navarra, Melilla, Ceuta a un máximo del 1.5% en el resto, con la excepción de la Comunidad de Madrid con un 0,75% y Asturias y la Comunidad Balear con un 1,20%–. Hemos supuesto, además, una garantía máxima hipotecaria media para el conjunto de las hipotecas concedidas en ese periodo del 130% (que es lo que grava realmente el impuesto). Por último, hemos tenido en cuenta los beneficios declarados por la banca correspondientes al pasado ejercicio 2017.

Todo ello nos ha permitido estimar que el impacto de la retroactividad de la medida supondría la nada despreciable cifra de 3.500 millones de euros. O, lo que es lo mismo, algo más del 21%, en media, del beneficio neto declarado por la banca española el último año.

¿Qué impacto tiene sobre la banca esta decisión?

Si bien el efecto medio ya es de por sí muy significativo, la alegría o en este caso, de confirmarse finalmente la medida, la pena, va por barrios. El efecto en las dos entidades financieras más grandes de nuestro país, que acumulan más de un tercio del crédito hipotecario, es notablemente más reducido. Así, éste alcanzó algo más del 10% de su beneficio neto de 2017.

Por el contrario, el impacto en el resto de las entidades grandes, con alto volumen de crédito, pero mayor peso de su negocio en España, asciende hasta los 1.300 Millones de euros (un 46% de su beneficio neto). Es en el grupo de las entidades más pequeñas, con menor volumen de activos y peor rentabilidad,donde el efecto se dispara. Así, alcanza más del 72% del beneficio neto del ejercicio pasado, pudiendo superar en algunas de ellas el montante total de su beneficio atribuible.

La banca española capitaliza actualmente en los mercados bursátiles cerca de 146.000 millones de euros, habiendo perdido en las últimas tres sesiones 2.600 millones de euros de valor (2,4% de su capitalización total).

El mercado, por lo tanto, ya ha descontado en términos netos el posible efecto de la próxima decisión del Tribunal Supremo. Esperemos que ésta se pueda tomar lo más pronto posible, teniendo en cuenta, además, que el impuesto de actos jurídicos ha sido el instrumento que ha permitido las ejecuciones hipotecarias en los últimos años.

Texto publicado originalmente en el diario El Economista el 24 de octubre de 2018.

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